1. Inicio keyboard_arrow_right
  2. Preguntas Frecuentes

Preguntas Frecuentes


No. La convalidación es automática y gestionada por la unidad académica.

Solamente si eres licenciado o licenciada UC, convalidas la FG completa.

Conjunto de cursos equivalente a al menos 2 SCT: se reconoce 1 área de la FG.

Conjunto de cursos equivalente a al menos 4 SCT: se reconocen 2 áreas de la FG.

Conjunto de cursos equivalente a al menos 6 SCT: se reconocen 3 áreas de la FG.

Conjunto de cursos equivalente a al menos 8 SCT: se reconocen 4 áreas de la FG.

Puedes solicitar la convalidación con un plazo máximo de 1 semestre académico una vez finalizado del programa de movilidad o intercambio.

Sí, según los créditos obtenidos. No se exige que los cursos contribuyan directamente a las áreas FG.

Hasta 40 créditos académicos de cursos sin marca FG o externos a la UC.

Un curso de al menos 6 créditos SCT o su equivalente, o dos cursos de 3 créditos SCT cada uno.

Cursos que cumplan con los siguientes requisitos:

Contribuyan a un área de la Formación General.

Tengan una carga académica equivalente a los créditos UC que se desean convalidar.

En el caso de cursos externos, se requiere:

Un curso con al menos 6 créditos SCT, o

Dos cursos con 3 créditos SCT cada uno.

Se puede convalidar si la o el estudiante:

Aprobó previamente el VRA100C.

Tiene grado de licenciado/a UC o superior.

Posee grado de licenciado/a de otra universidad, y cuenta con la certificación correspondiente.

Según lo que indica la Resolución de Vicerrectoría N°43/2011 los y las estudiantes que presentan algún tipo de discapacidad sensorial y/o motora o algún trastorno del desarrollo o del aprendizaje que afecten la adquisición de una segunda lengua, podrán excepcionalmente presentar una solicitud de Exención del Requisito de Español.

Para ello, el/la estudiante deberá completar el Formulario de Solicitud de Exención y entregar todos los antecedentes médicos necesarios que respalden el diagnóstico.

Revisa en detalle los requisitos y procedimientos aquí

Según lo que indica la Resolución de Vicerrectoría N°42/2011 los y las estudiantes que presentan algún tipo de discapacidad sensorial y/o motora o algún trastorno del desarrollo o del aprendizaje que afecten la adquisición de una segunda lengua, podrán excepcionalmente presentar una solicitud de Exención del Requisito de Inglés.

Para ello, el/la estudiante deberá completar el Formulario de Solicitud de Exención y entregar todos los antecedentes médicos necesarios que respalden el diagnóstico.

Revisa en detalle los requisitos y procedimientos aquí.

Sí, se puede solicitar la convalidación de esos cursos, siempre y cuando se tengan los documentos oficiales de respaldo, como las calificaciones alcanzadas, la escala de notas y criterios de aprobación, y el programa del curso en español o inglés, detallando los créditos académicos del curso, sigla, nombre de curso, resultados de aprendizaje, entre otros. Si el curso no ha sido previamente convalidado, pasará a una evaluación por parte de la Dirección Académica de Docencia, donde se determinará si el curso es convalidable o no para el área que se requiere.

¿No encuentras tu respuesta? Ponte en contacto con nosotros.