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Preguntas Frecuentes


Sí, aparecerá en la Ficha Académica como un curso convalidado, con la calificación “C”.

Sí, se puede solicitar la convalidación de esos cursos, siempre y cuando se tengan los documentos oficiales de respaldo, como las calificaciones alcanzadas y el programa del curso con créditos, sigla, nombre de curso, resultados de aprendizaje, entre otros. Si el curso no ha sido previamente convalidado, pasará a una evaluación por parte de la Dirección Académica de Docencia, donde se determinará si el curso es convalidable o no para el área que se requiere.

Puedes solicitarla directamente a través de tu unidad académica en las fechas establecidas en el Calendario de actividades académicas y estudiantiles.

Los periodos para solicitar la convalidación de estudios se encuentran calendarizados de acuerdo al Calendario de actividades académicas y administrativas, a inicios de cada semestre académico.

De acuerdo a lo especificado en la resolución VRA N°181/2025, que aprueba procedimientos para la convalidación de estudios, se podrá convalidar un máximo de 40 créditos de cursos sin marca FG.

Si, se pueden convalidar cursos para completar áreas de Formación General.

Convalidaciones internas y externas para Formación General: Para convalidaciones internas y externas, debes saber que cada área de Formación General se completa con 10 créditos académicos UC, ya sea con un curso de 10 créditos o dos cursos de 5 créditos. Por lo tanto, lo primero es identificar que la cantidad de créditos del curso corresponda.
Si es un curso realizado en otra institución de educación superior, deberá ser un curso equivalente a 6 créditos SCT.
Por otro lado, se deberá identificar a qué área de FG podría contribuir de acuerdo a sus resultados de aprendizaje. Para conocer los propósitos formativos de cada área de FG en la UC puedes revisar https://formaciongeneral.uc.cl.
Convalidaciones para Formación General por movilidad o intercambio UC: De acuerdo con el nuevo procedimiento de convalidaciones formalizado mediante la Resolución VRA N°181/2025, se establece que las convalidaciones para la Formación General de cursos realizados en programas de movilidad o intercambio UC, serán evaluadas en función del volumen de trabajo académico de los cursos realizados, con miras al reconocimiento de una o más Áreas de la Formación General, sin centrarse en la tributación a dichas áreas. Esta orientación responde al convencimiento de que la movilidad estudiantil constituye una instancia valiosa para enriquecer los propósitos formativos de la Formación General, y busca favorecer al estudiantado a través del impulso activo de este tipo de experiencias. Para mayor información, consulta con tu unidad académica.

Requisito de habilidades comunicativas en inglés: es posible convalidar el requisito presentando una certificación internacional.
Requisito de habilidades comunicativas en español, Examen de Comunicación Escrita (VRA100C): se puede convalidar si estudiante aprobó previamente el VRA100C; si tiene grado de licenciado/a UC o superior; o si posee grado de licenciado/a de otra universidad y cuenta con la certificación correspondiente.
Áreas de Formación General: Si te encuentras en un proceso de cambio de carrera, carreras paralelas, intercambio, movilidad o cambio de universidad, puedes solicitar la convalidación de cursos que cumplan con ciertos requisitos, como la cantidad de créditos académicos y resultados de aprendizaje que contribuyan a un área FG en particular.

Si no se logra cumplir con la aprobación de los cursos que conforman el Certificado Académico, implicará que no podrá obtener el CA.

La Unidad Académica del estudiante debe solicitar a registros académicos la certificación correspondiente a la aprobación del Certificado Académico, al momento de gestionar el proceso de titulación de la carrera del estudiante.

Sí, al completar el Certificado Académico obtendrá un certificado, el que debe ser solicitado por la Unidad Académica del estudiante a registros académicos, al momento de gestionar el proceso de titulación de la carrera del estudiante.

Si bien no hay límite para inscribir un Certificado Académico (CA), sólo puede inscribir un Certificado a la vez y por sistema. Para la inscripción de un segundo CA, es la Unidad Académica del estudiante quien puede solicitar a Registros Académicos la inscripción, verificando la finalización del CA inscrito en primera instancia.

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